sábado, 18 de junio de 2016

Igualdad ante la ley

Fragmento de El Criterio escrito por Jaime Balmes y publicado en 1845. Capítulo 14: El juicio, epígrafe 5: Palabras mal definidas. Examen de la palabra igualdad. Páginas 83 a 86. Se utiliza la edición realizada por la Editorial Ramón Sopena en 1981, colección Biblioteca Sopena, número 590.

¿Se encargarán los mismos negocios a Metternich que al más rudo patán? y aun cuando se quisiese, ¿podrían todos hacerlo todo?

-Esto es imposible; pero lo que no es imposible es la igualdad ante la ley. 

-Nueva retirada, nueva trinchera; vamos allá. La ley dice: el que contravenga sufrirá la multa de mil reales, y en caso de insolvencia diez días de cárcel. El rico paga los mil reales, y se ríe de su fechoría; el pobre que no tiene un maravedí, expía su falta de rejas adentro. ¿Dónde está la igualdad ante la ley? 

-Pues yo quitaría esas cosas; y establecería las penas de suerte que no resultase nunca esta desigualdad. 

-Pero entonces desaparecerían las multas, arbitrio no despreciable para huecos del presupuesto y alivio de gobernantes. Además, voy a demostrarle a usted que no es posible en ninguna suposición esta pretendida igualdad.
Demos que para una transgresión está señalada la pena de diez mil reales; dos hombres han incurrido en ella, y ambos tienen de qué pagar; pero el uno es opulento banquero, el otro un modesto artesano. El banquero se burla de los diez mil reales, el artesano queda arruinado.
¿Es igual la pena? 


-No por cierto; más ¿cómo quiere usted remediarlo? 

-De ninguna manera; y esto es lo que quiero persuadirle a usted de que la igualdad es cosa irremediable. Demos que la pena sea corporal, encontraremos la misma desigualdad.
El presidio, la exposición a la vergüenza pública, son penas que el hombre falto de educación y del sentimiento de dignidad, sufre con harta indiferencia; sin embargo, un criminal que perteneciese a cierta categoría preferiría mil veces la muerte. La pena debe ser apreciada, no por lo que es en si, sino por el daño que causa al paciente y la impresión con que le afecta pues de otro modo desaparecerían los dos fines del castigo: la expiación y el escarmiento.
Luego, una misma pena aplicada a criminales de clases diferentes, no tiene la igualdad sino en el nombre, entrañando una desigualdad monstruosa. Confesaré con usted que en estos inconvenientes hay mucho de irremediable; pero reconozcamos estas tristes necesidades, y dejémonos de ponderar una igualdad imposible.

La definición de una palabra, y el discernir las diferentes aplicaciones que de ella podrían hacerse, nos ha atraído la ventaja de reducir a la nada un especioso sofisma, y de demostrar hasta la última evidencia que el pomposo orador o propalaba absurdos, o no nos decía nada que no supiésemos de antemano; pues no es mucho descubrimiento el anunciar que todos nacemos y morimos de una misma manera.

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